Ley de Titulo de Islas en Panama
La legislación de Panamá de bienes raíces distingue entre dos tipos de propiedad:
- propiedad con titulo
- bienes de propiedad pública o estatal
Es aquella cuya titularidad, superficie, valor, los límites y los detalles son registrados en el Registro Público de Panamá. La sección de la Propiedad del Registro Público contiene un sistema de registro de toda la propiedad con título en la República.
Público o bienes de propiedad estatal incluye todas las tierras y territorios de propiedad de la República de Panamá. Estas tierras se puede utilizar de varias maneras:- Por un particular o una empresa una vez concesión administrativa ha sido concedida.
- para fines agrícolas una vez Derecho de Posesión certificación ha sido otorgada por el Ministerio de Agricultura. Ley 2 del año 2006 reconoce reconoció el derecho de posesión de la tierra como posible tema de concesión.
Concesiones
Concesiones son contratos de arrendamiento con plazos preestablecidos y las cantidades de arrendamiento, entre el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través de la Oficina Catastral y personas naturales o jurídicas.Ley 2 define las siguientes características de las concesiones situadas dentro de las zonas turísticas definidas por el Ministerio de Turismo. Estas características se aplican a todas las tierras, incluidas las islas, costa, y otras propiedades del Estado dentro de las zonas turísticas definidas.
- largos períodos de concesión se otorga a los inversionistas para el uso de tierras de propiedad estatal en función del tamaño de la inversión y las posibilidades de empleo.
- un procedimiento acelerado se aplicará a la adquisición de la concesión de tierras que se utilizarán para proyectos turísticos.
- Todas las mejoras y construcciones en los terrenos concesionados pueden ser titulado y registrado en el Registro Público.
- Ley 2 de 2006 crea un Unica Ventana o Window Express dentro de la oficina de Catastro del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), que es la autoridad encargada de recibir las solicitudes, así como el procesamiento de todas las aprobaciones y autorizaciones necesarias para las concesiones . Este departamento tendrá representantes de todas las entidades cuya aprobación es necesaria para iniciar un proyecto. Con el fin de acelerar la puesta en marcha, una vez que el promotor presenta todos los requisitos, la Ventanilla Unica departamento podrá emitir requerimientos provisionales de concesión permanente.
- Para obtener una concesión creado por esta ley, los siguientes requisitos deben ser puestos a disposición del Ministerio de Economía y Finanzas:
- Plan maestro preliminar
- Presupuesto
- Programa de Desarrollo
- Evidencia de la capacidad financiera
- Certificado del IPAT (Instituto Panameño de Turismo) que indica que el proyecto se encuentra dentro de una zona de desarrollo turístico.
- Aprobado Impacto Ambiental y Estudio de Impacto Social.
- Certificado de Inscripción en el Registro de Empresas Turísticas del IPAT
Compra directa de bienes de isla
Islas , cuya propiedad hasta ahora, de acuerdo con la Constitución panameña, se limitó a los nacionales, siempre han sido un área de interés para las inversiones relacionadas con el turismo.
No. Ley 2 de 2006 establece los siguientes incentivos a las personas extranjeras, nacionales y / o empresas interesadas en la compra de territorio insular para el desarrollo de un proyecto turístico:
- Territorio Insular podrán ser vendidos con fines relacionados con el turismo, siempre que la finalidad de la inversión y el número de empleos que se crean como resultado se confirma.
- No más del 50% de la isla se puede vender a los extranjeros o intereses extranjeros en una corporación. La venta del territorio de la isla deben someterse a licitación pública. Sin embargo, los proyectos con derecho de posesión ya iniciadas o en su lugar en una isla antes de la promulgación de la Ley 2 de 2006 pueden solicitar la venta directa de los bienes isla.
- Las personas naturales o jurídicas legalmente tendrá derecho a obtener una concesión, y ser capaz de transferirlo a un tercero.
El contrato para la compra de un territorio insular debe contener lo siguiente:
- Descripción y especificaciones de la tierra.
- valor de la tierra para la venta.
- cantidad estimada y los detalles de la inversión, incluidos los servicios públicos y la infraestructura.
- Impacto Ambiental y Estudio Social y el Plan de Mitigación
- Descripción completo del dominio público y los bienes situados en el territorio insular
- Una fianza de al menos el 10% del valor del contrato que será válida durante la vigencia del proyecto.
Todos los proyectos dentro de estas regiones insulares deben cumplir con el plan maestro de ordenamiento territorial, que será preparado por las autoridades gubernamentales. Hasta que este plan maestro y zonificación territorial es aprobado, cada proyecto podrá presentar su propio plan de zonificación que será procesada y aprobada a través de la Ventanilla Unica.
El mismo Ventanilla Unica dentro de la oficina de Catastro del MEF será la encargada de recibir las solicitudes, así como el procesamiento de todos los permisos y autorizaciones necesarios para la compra directa de territorios insulares.
Restricciones:
Debido a la naturaleza de las islas, y para el propósito de la protección soberana, las siguientes restricciones se han colocado para estas áreas especiales de turismo:
- Las tierras en cuestión no puede ser localizado a 10 km de las fronteras nacionales.
- Las tierras en cuestión no han sido designados como áreas de patrimonio histórico o nacional.
- Las tierras en cuestión no se han dedicado a la conservación del medio ambiente.
- Las tierras en cuestión no puede ser parte de una reserva india.
La venta de estas áreas especiales de turismo no podrá superar el 50% del total del territorio de la isla en la que se encuentra, además, la propiedad no puede transferirse a otro Estado. Los proyectos turísticos conforme a la Ley 2 no puede exceder el 30% del total del territorio de una isla.
En fin de conservar la naturaleza, las siguientes restricciones se han establecido para ciertas áreas:
- La construcción sobre formaciones de coral está prohibido, así como cualquier actividad que pueda causar la muerte o destrucción de su ecosistema.
- La tala, el uso o el comercio de los manglares, sus productos, partes o productos derivados está prohibido, excepto para proyectos de turismo a partir de la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental respectivo.
Como nota final sobre las limitaciones, la concesión y la venta de la propiedad frente a la playa sólo se puede conceder hasta 22 metros desde la línea de marea alta. El área de 10 metros de la línea de marea alta se considera frente a la playa y no se puede otorgar concesiones bajo ninguna circunstancia. El área de 12 metros de la playa se puede conceder concesión como una servidumbre costera.
Situaciones Especiales
Ley 2 de 2006 también incluye un procedimiento especial para las personas que viven en un área, que han mantenido la posesión permanente e ininterrumpida de la propiedad nacional de la isla por lo menos 2 años antes de la promulgación de la Ley 2 de 2006, y se puede demostrar que han utilizado dichos bienes para su propio hogar o con fines agrícolas.
estas personas se les otorgó una concesión de 90 años sin tener que participar en un proceso de licitación pública, no tener que cumplir con el requisito de fianza, y sin estar exenta del pago del arrendamiento de concesión.
también previsto por la ley 2 de 2006 es la obligación de los concesionarios e inversores para contratar personal no calificados locales de la zona durante la construcción del proyecto en cuestión.
Home segundo y Vivienda de vacaciones
En un esfuerzo por promover las inversiones residenciales turísticos en Panamá, la Ley 2 de 2006 también ofrece incentivos para "vacaciones o unidades residenciales permanentes". El propósito de este incentivo es promover el desarrollo de casas de vacaciones y la jubilación, que podrá ser construida sobre áreas de concesión en islas o costas, siempre que se encuentren dentro de una zona de desarrollo turístico definido por el gobierno, y sólo un paquete por cada peticionario . Por otra parte, estos proyectos se beneficiarán de los incentivos de la Ley 8 de 1994. Desarrollo reglamentario se promulgará establecer normas para el tamaño de la parcela, los costos de construcción y mejoras de las mismas.